Casación No. 594-2016

Sentencia del 19/07/2017

“… la casacionista estima infringidos los artículos (…) Con respecto a los artículos (…) de la Constitución Política de la República de Guatemala, (…) se evidencia que no acomodó su recurso a la técnica inherente al mismo, porque en todo caso, incluso si hubiese desarrollado tesis, no era posible verificar el análisis de la infracción referida con respecto a los artículos denunciados, dado que la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes constitucionales, contienen principios generales, otorgan derechos y garantías que suponen un desarrollo legal, por lo que el quebranto de normas constitucionales per se, no pueden servir de base para fundar el recurso de casación (…) la norma ordinaria es la que desarrolla la norma constitucional y es la que pudo haber sido infringida por la Sala sentenciadora y consecuentemente atacada en casación (…) La casacionista también denuncia la interpretación errónea de los artículos (…) del Código Procesal Civil y Mercantil; así como los artículos (…) de la Ley del Organismo Judicial (…) Esta Cámara [Civil] (…) al realizar la lectura del contenido de los artículos denunciados, se aprecia que se refieren en forma general a la carga de la prueba y las reglas de valoración de las mismas, al juicio ordinario posterior al juicio ejecutivo, y a normas de aplicación general para el ordenamiento jurídico guatemalteco y las actuaciones de los órganos jurisdiccionales; lo cual denota que se trata de normas que regulan aspectos eminentemente procesales. Se aprecia que los supuestos jurídicos contemplados en las normas denunciadas no corresponden a normas de derecho sustantivo, sino que la naturaleza de las mismas es adjetiva, al versar sobre los aspectos arriba descritos, por lo que existe defecto de planteamiento, ya que el submotivo invocado es propio para denunciar que en el fallo impugnado, se aplicaron normas que eran adecuadas al proceso, no obstante, se les confirió un sentido y alcance que no les corresponde de conformidad con su texto…”